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El radar te midió a vos. Nosotros medimos al radar.

Tu fotomulta
puede ser ilegal.

Cruzamos tu acta contra el padrón del INTI. Si el radar tenía la verificación vencida, la medición se puede impugnar.

  • Tu primer descargo, gratis
    si encontramos un defecto
  • CABA, Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y rutas nacionales
  • 1.833 radares del padrón INTI
Cinemómetro de tránsito montado sobre un poste, fotografiado como instrumento de medición

BAVIAL MARVIC-V2

N.º C0037

Ruta provincial Nº 29, km 73,9, General Belgrano, Pcia. de Buenos Aires, sentido de circ…

Verificación

24/02/2010

Vencidahace 16 años

Qué revisamos en tu acta

Seis verificaciones, cada una con su ley.

La IA solo transcribe los datos del acta. Quien decide si hay un defecto es código con reglas explícitas, no un modelo opinando de leyes. Y cuando no podemos verificar algo, lo decimos: no encontrar un radar en un padrón no prueba que sea ilegal.

  • 01

    Prescripción

    Contamos el plazo desde la fecha de la infracción. Dos años para las leves, cinco para las graves y para todas en CABA.

    Plazos por jurisdicción

  • 02

    Verificación del radar

    Buscamos el cinemómetro del acta en el padrón del INTI y miramos la fecha de su verificación periódica. Vencida, la medición queda cuestionada.

    Ley 19.511 de Metrología Legal

  • 03

    Autorización del equipo

    Que el radar mida bien no alcanza: además tiene que estar autorizado a operar donde opera. En rutas nacionales lo autoriza la ANSV; en rutas provinciales, la Provincia. Cruzamos ambos registros.

    Ley 26.363 · Ley 13.927 art. 28

  • 04

    Señalización previa

    En la Provincia, un control en zona de velocidad reducida debe anunciarse con un cartel 500 metros antes que indique la velocidad máxima. Si no estaba, la ley dice que el acta es nula.

    Ley 13.927 art. 28 bis

  • 05

    Competencia del municipio

    Revisamos si el municipio que labró el acta podía hacerlo en esa ruta. En rutas nacionales, muchas veces no puede.

    Ley 24.449 de Tránsito

  • 06

    Datos del acta

    Miramos si la foto trae los datos técnicos que la hacen oponible: velocidad registrada, identificación del instrumento, lugar y hora.

    Requisitos de validez del acta

Padrón de cinemómetros del INTI

1.691 de 1.833 radares figuran con la verificación vencida.

Un cinemómetro es un instrumento de medición regulado por la Ley 19.511. Si su verificación periódica está vencida, lo que midió puede impugnarse. Son 92% del padrón que tenemos cargado.

Algunos, en Buenos Aires

  • BAVIAL MARVIC-V2

    N.º C0037

    Ruta provincial Nº 29, km 73,9, General Belgrano, Pcia. de Buenos Aires, sentido de circ…

    Verificación

    24/02/2010

    Vencidahace 16 años

  • BAVIAL MARVIC-V2

    N.º C0031

    Ruta provincial Nº 60 km 235, Rauch, Pcia. de Buenos Aires, sentido de circulación: Azul…

    Verificación

    03/09/2010

    Vencidahace 15 años

  • ANCA CVDV Versión 2

    N.º CJR0019

    Av. Rivadavia 1400, Campana, Pcia. de Buenos Aires, Sentido de circulación: Los Cardales…

    Verificación

    04/03/2011

    Vencidahace 15 años

  • ANCA CVDV Versión 2

    N.º CJR0094

    Autopista Dellepiane km 3,8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sentido de circulación hac…

    Verificación

    14/10/2012

    Vencidahace 13 años

Última publicación del INTI: 15/10/2025. Un radar puede haberse verificado después.

Verificalo en el INTI

Cómo funciona

Subís la foto y en 30 segundos sabés si tiene defectos.

  1. 01

    Subí tu multa

    Una foto del acta desde el celular alcanza. También sirve el PDF.

  2. 02

    Cruzamos los datos

    Contra el padrón del INTI, los plazos de prescripción y la competencia del municipio que labró el acta.

  3. 03

    Descargá tu defensa

    El escrito queda listo para imprimir, firmar y presentar en el juzgado de faltas.

Preguntas frecuentes

Prescripción, radares trampa e impugnaciones.

Fijate qué dice tu acta antes de pagarla.

El análisis es gratis y no pide tarjeta. Al crear la cuenta te damos un crédito: si encontramos un defecto, tu primer descargo tampoco se paga. Y si no encontramos nada impugnable, no pagás nada.